En todo momento hay que tener claro que no es obligatorio realizar un testamento. Pero sí que es cierto que es muy aconsejable y necesario si queremos evitar problemas a los futuros herederos. Contar con un buen abogado de herencias en Sevilla es una de las mejores opciones en estos casos.
Gracias a ello puedes expresar tus deseos en la repartición de tus bienes a los herederos que existan. Contarás con la seguridad de saber que consta una última voluntad que se deberá de cumplir.
En el caso de no hacer testamento
Pierdes la posibilidad de hacer las particiones como más desees a las personas que elijas. Cuando no hay testamento hay que repartir todo según lo indica la ley y sin tener en cuenta la voluntad del fallecido, puesto que no se expresó de forma legal.
En el cado de que no exista el testamento, habrá que acudir a un notario o juez para que realice la declaración de herederos y posterior reparto de la herencia. Debemos de destacar que estos procesos son mucho más largos y suelen llevar a disputas.
Cuándo hacer el testamento
La ley no indica un momento concreto para realizarlo. Cualquier abogado de herencias en Sevilla te informará de que la edad mínima para hacer un testamento notarial es de 14 años. Siendo por su parte de 18 para un testamento ológrafo.
No hay edad concreta para hacerlo, pero lo aconsejable es realizarlo cuando ya contamos con mujer e hijos. Así evitarás que se produzcan problemas con el cónyuge y el núcleo familiar en caso de sufrir algún tipo de accidente.
Existen múltiples tipos de testamentos. Los profesionales de Mena & Robador trabajan para solucionar todos los temas relacionados con testamentos y herencias. El testamente ológrafo y el testamento notarial solo son dos de las posibilidades que nos podemos encontrar. También existe el testamento vital, siendo aquel en el que expresamos nuestra última voluntad en cuanto a los cuidados médicos que quiere o no quiere recibir en momentos en los que no pueda expresarse.
El testamento aporta siempre una mayor seguridad. Siendo una garantía de que la última voluntad de la persona queda reflejada de forma legal y tiene un cumplimiento obligatorio.
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